Las principales carencias en los 7 ayuntamientos de 10.000 a 20.000 habitantes, que el Consejo de Cuentas recomienda subsanar, se refieren al archivo electrónico único, la plataforma de intermediación de datos y la transformación de los registros
La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), ambas de 2015, han convertido la tramitación electrónica en su actuación habitual, tanto para sus procesos de gestión interna, como para las relaciones con los ciudadanos y entre distintas administraciones. Por esta razón, la Comisión de Coordinación del Tribunal de Cuentas y de los Órganos de Control Externo Autonómicos acordó la realización de una fiscalización coordinada en materia de administración electrónica.
Este trabajo combina la auditoría de cumplimiento de la legalidad y la auditoría de gestión. Por una parte, verifica el ejercicio por parte de las diputaciones de sus competencias en la prestación de servicios de administración electrónica a los municipios con menos de 20.000 habitantes y la aplicación por los ayuntamientos de la normativa relacionada. Por otro lado, examina los programas presupuestarios destinados a la administración electrónica y analiza la transformación digital de los siete ayuntamientos con población entre 10.000 y 20.000 habitantes.
Servicio de los ayuntamientos. Los siete ayuntamientos de la Comunidad con población entre 10.000 y 20.000 habitantes disponen, en mayor o menor medida, de un sistema de administración electrónica. Los sistemas implantados cumplen con buena parte de los requisitos que marcan la LPAC y la LRJSP. Únicamente Astorga presenta un nivel global negativo al no alcanzar un resultado satisfactorio en 10 de los 12 ítems revisados.
Ninguno de los ayuntamientos dispone de la certificación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Aunque se cumplen algunos preceptos del Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), las cuestiones relacionadas con el intercambio de datos entre administraciones obtienen peores resultados. De manera generalizada tampoco cumplen con la mayor parte de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal (con la excepción de Benavente y La Bañeza).
Los cuatro ayuntamientos que utilizan el sistema que proporcionan las diputaciones, de carácter gratuito, (Béjar, Ciudad Rodrigo, La Bañeza y Santa Marta de Tormes) refieren coste cero o muy bajo. Los tres restantes (Astorga, Benavente y Villaquilambre) implantaron con recursos propios dichos servicios, mediante contratación con una empresa, antes de ser ofrecidos por las diputaciones.
Los ayuntamientos tienen pendientes de implantar algunos sistemas relevantes para cumplir con los preceptos de la LPAC y de la LRJSP. Entre los sistemas que no se encuentran generalizados destaca el archivo electrónico único, que garantiza el archivado electrónico a largo plazo de los expedientes que ya no tienen soporte en papel. También registran un bajo nivel de utilización en la plataforma de intermediación de datos, que permite a los ciudadanos no aportar documentos que ya se encuentran en las administraciones públicas.
Además, la transformación de los registros en oficinas de asistencia en materia de registro todavía no se ha realizado en aspectos clave, como la disponibilidad de medios de firma sencillos que faciliten al ciudadano el iniciar los trámites de manera electrónica, con excepción del Ayuntamiento de La Bañeza.
La mayoría de los ayuntamientos no ha seguido un plan definido para su transformación digital. Béjar, Ciudad Rodrigo, La Bañeza y Santa Marta de Tormes no habían realizado actuaciones hasta que la diputación comenzó a prestar el servicio. Benavente y Villaquilambre disponían de un sistema implantado años atrás, y Astorga se encontraba en licitación cuando la diputación ofreció el servicio.
Los siete ayuntamientos han ejecutado medidas para impulsar el cambio de su funcionamiento interno al formato digital. Esta adaptación no se ha trasladado con la misma intensidad al ciudadano, siendo mayoritaria la ausencia de indicadores de uso que pudieran servir de alerta de sus necesidades o carencias, salvo en el Ayuntamiento de Benavente.
La transformación digital de los ayuntamientos ha sido un factor clave para mantener su actividad durante las restricciones de movilidad impuestas por la crisis sanitaria de la COVID-19, al facilitar de manera sencilla o incluso inmediata el teletrabajo de los funcionarios, el funcionamiento telemático de los órganos colegiados y la relación no presencial con el ciudadano.