A parte de las medidas establecidas, la Orden también establece la fijación de medidas extraordinarias en función de lo dictado en el Artículo 11. Medidas extraordinarias a aplicar en situaciones de riesgo meteorológico.
De acuerdo a lo establecido en este artículo, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política forestal, puede establecer periodos de alerta, alarma o alarma extrema, e incrementar las medidas a adoptar o las actividades que estarán totalmente prohibidas […]
Además recalcan que “ está declarada situación de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León del 6 al 9 de agosto.”
Ante este panorama, los ediles del PP explican en un comunicado que “después de esta exposición, esperamos que el Sr. Alcalde vuelva a emitir otro bando en el que fije qué tipo de herramientas o métodos han de utilizar los propietarios de los solares indicados, ya que salvo una zona, el resto de las áreas indicadas en el citado bando, están a menos de 400 metros de monte y por lo tanto se ven afectadas por la ORDEN FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.
En esta legislatura por desgracia, desde el equipo de gobierno se anda tarde para casi todo, y esto es un ejemplo de ello.”