A pesar de haber presentado diversas solicitudes formales (al amparo de la legislación de transparencia y del Convenio de Aarhus), la Administración autonómica ha evitado sistemáticamente entregar los supuestos informes técnicos en los que afirma haber basado una decisión de extraordinaria gravedad: permitir la caza y el pastoreo en zonas afectadas por los incendios forestales del pasado verano en la provincia de León.
Las asociaciones firmantes cuestionan abiertamente la propia existencia de dichos informes. Hasta la fecha, no se ha hecho público ningún documento que justifique técnica, científica o jurídicamente esta medida excepcional, pese a las reiteradas solicitudes formuladas por las entidades sociales y ambientales.
El núcleo del problema radica en una doble anomalía institucional: por un lado, la Junta afirma disponer de informes que avalarían la adopción de medidas excepcionales; por otro, niega el acceso a esos mismos informes, impidiendo cualquier forma de escrutinio público, evaluación técnica independiente o debate democrático informado.
Tras los incendios del pasado verano, la Junta ha adoptado una decisión que supone, en la práctica, dejar sin efecto una prohibición expresa contenida en la normativa forestal. La legislación vigente (en particular, la normativa de montes aplicable en Castilla y León) establece con claridad la prohibición de la caza y el pastoreo durante un periodo mínimo de cinco años en terrenos forestales incendiados, con el objetivo de garantizar los procesos de regeneración ecológica y evitar impactos adicionales sobre suelos y biodiversidad, así como sobre los servicios ecosistémicos que ofrecen.
La autorización de estas actividades en zonas quemadas, sin motivación documentada conocida, no solo contradice el principio de legalidad, sino que introduce un precedente extremadamente peligroso desde el punto de vista ambiental y jurídico. La regeneración post-incendio es un proceso complejo, condicionado por factores edáficos, climáticos y biológicos, que puede verse gravemente comprometido por la presión ganadera y cinegética prematura.
Esta opacidad resulta particularmente grave en materia ambiental, donde el acceso a la información no es una mera formalidad administrativa, sino un pilar esencial reconocido internacionalmente en instrumentos como el Convenio de Aarhus (1998) y desarrollado en España a través de la Ley 27/2006. La negativa a facilitar esta información no solo vulnera derechos fundamentales de participación, sino que erosiona los mecanismos de control sobre la actuación administrativa.
Las asociaciones firmantes advierten de que no se puede descartar que nos encontremos ante una decisión arbitraria carente de respaldo técnico real, lo que podría implicar responsabilidades jurídicas adicionales y exigen la publicación inmediata e íntegra de todos los informes que supuestamente justifican las medidas autorizadas, así como la depuración de responsabilidades políticas y administrativas en caso de confirmarse la inexistencia o insuficiencia de dichos informes.