• Ciudadanos propone una ordenanza para limitar la circulación por aceras, regular velocidades y evitar conductas de riesgo

Circular por aceras, llevar dos personas en un mismo patinete o conducir usando el móvil son escenas cada vez más frecuentes en La Bañeza. El grupo Ciudadanos quiere que el ayuntamiento apruebe una ordenanza específica para regular el uso de los vehículos de movilidad personal en la ciudad y evitar problemas de seguridad vial y convivencia que, según advierte en una moción, empiezan a multiplicarse en las calles del municipio.

A continuación reproducimos íntegramente el comunicado remitido por el grupo municipal Ciudadanos:

AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA BAÑEZA

Al amparo de lo dispuesto en los artículos 94.1 y 2 del Reglamento Orgánico Municipal y 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Jose Javier Morla Lobato, portavoz del grupo político Ciudadanos en el Ayuntamiento de La Bañeza presenta, para su discusión y aprobación, si procede, la MOCIÓN PARA LA ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE UNA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL USO DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP) EN EL MUNICIPIO DE LA BAÑEZA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En los últimos años se ha producido un notable incremento del uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), especialmente patinetes eléctricos, como medio de transporte habitual en numerosas ciudades y municipios de España.
Esta nueva realidad de movilidad urbana, positiva en muchos aspectos desde el punto de vista medioambiental y de desplazamiento sostenible, está generando también situaciones de riesgo, conflictos de convivencia y problemas de seguridad vial que requieren una regulación clara y adaptada a la realidad municipal.

Nuestro municipio no es ajeno a este incremento en el uso de estos vehículos, y cada vez más frecuente observar conductas imprudentes relacionadas con el uso de estos vehículos, tales como:

* Circulación con más de un ocupante en un mismo patinete.
* Uso por menores de corta edad.
* Circulación por aceras y zonas peatonales.
* Circulación en dirección prohibida.
* Uso simultáneo de teléfonos móviles o auriculares durante la conducción.
* Exceso de velocidad.
* Falta de elementos reflectantes o iluminación.
* Posible incumplimiento de las obligaciones de registro, certificación o aseguramiento exigidas por la normativa vigente.
* Ausencia generalizada de conocimiento sobre las normas básicas de circulación aplicables a estos vehículos.

Todo ello supone un evidente riesgo tanto para los propios usuarios como para peatones, personas mayores, menores y demás usuarios de la vía pública.

La Dirección General de Tráfico ha venido desarrollando una normativa específica sobre los VMP, estableciendo criterios técnicos y de circulación que numerosos ayuntamientos ya han incorporado mediante ordenanzas municipales propias, con el objetivo de garantizar la seguridad vial, la convivencia ciudadana y el correcto uso del espacio público.

Sin embargo, actualmente el Ayuntamiento de La Bañeza carece de una ordenanza específica que regule el uso de los VMP dentro del término municipal, generándose un vacío normativo a nivel local que conviene corregir cuanto antes.
Resulta necesario actuar con carácter preventivo, antes de que se produzcan accidentes graves derivados de conductas imprudentes o del uso inadecuado de este tipo de vehículos.

Por todo ello, el Grupo Municipal Ciudadanos presenta para su debate y aprobación la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO

Instar al equipo de gobierno a iniciar, con la mayor urgencia posible, la elaboración de una Ordenanza Municipal Reguladora de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el municipio de La Bañeza.

SEGUNDO

Que dicha ordenanza contemple, entre otras, las siguientes medidas y aspectos básicos:

* Regulación clara de las zonas autorizadas de circulación para VMP.
* Prohibición expresa de circular por aceras y zonas exclusivamente peatonales.
* Limitación de velocidad en función del tipo de vía urbana.
* Prohibición de transportar más de una persona por vehículo.
* Regulación de la edad mínima permitida para su conducción.
* Obligatoriedad del uso de elementos luminosos y reflectantes en condiciones de baja visibilidad.
* Recomendación u obligatoriedad del uso del casco conforme permita la normativa vigente.
* Prohibición del uso de teléfonos móviles y auriculares durante la conducción.
* Regulación del estacionamiento de los VMP para evitar obstáculos en la vía pública.
* Exigencia de cumplimiento de la normativa estatal relativa a certificación técnica y características homologadas de los vehículos.
* Estudio de mecanismos de identificación o registro municipal cuando legalmente proceda.
* Información y control sobre la obligación de disponer de seguro de responsabilidad civil en los supuestos exigidos por la normativa vigente.
* Establecimiento de un régimen sancionador proporcional para las infracciones cometidas.
* Desarrollo de campañas informativas sobre la aplicación de esta ordenanza, para que llegue a la mayor cantidad de ciudadanos posible, especialmente a menores y a jóvenes.

TERCERO

Que para la elaboración de dicha ordenanza se recaben los informes técnicos pertinentes, de Policía Local, servicios jurídicos municipales o cualquier otro que sea necesario.

CUARTO

Que el texto inicial de la ordenanza sea presentado ante la correspondiente comisión informativa y posteriormente llevado a Pleno, con el objetivo de que pueda entrar en vigor en el plazo más breve posible.