El próximo domingo 26 de marzo a las 12:00 en la Plaza Mayor de la ciudad de La Bañeza
tendrá lugar un acto solemne de Jura de Bandera civil estando en formación el estandarte del Regimiento de Artillería Lanzacohetes de Campaña núm. 63, con sede en Astorga perteneciente al Mando de Artillería de Campaña, como ha informado el General Vicente Torres.
Un día antes, el 25 de marzo, a las 20.00 horas el Regimiento Inmemorial del Rey número 1, con sede en Madrid, ofrecerá un concierto en el Teatro Municipal de La Bañeza.
El juramento o promesa ante la Bandera de España, está legalmente establecido en
nuestro Ordenamiento, como requisito previo a la adquisición de la condición de militar
profesional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 17/1999, de 18 de
mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
El carácter profesional de la totalidad de los componentes de nuestras Fuerzas Armadas
no debe hacer olvidar la necesaria cohesión social que haga sentirse al militar íntimamente ligado al servicio de la sociedad a la que pertenece y a ésta parte integrante del gran entramado que constituye la Defensa Nacional. Por ello y para permitir que los españoles que, sin querer vincularse a las Fuerzas Armadas con un carácter profesional, puedan manifestar su compromiso con la Defensa de España, prestando el juramento o promesa ante la Bandera, se desarrollan a nivel nacional Juras de Bandera para personal civil para poder materializar ese compromiso.
La Defensa Nacional no es un concepto que corresponda únicamente a las Fuerzas
Armadas. Muy al contrario, la Defensa de España es tarea de todos siendo la resultante
de la integración de todos los esfuerzos materiales, morales e intelectuales de una nación.
La jura o promesa de Bandera para la población civil es un acto militar solemne, cuyo objetivo es mostrar la fidelidad y lealtad a la Nación española a través de su mayor
símbolo: la Bandera.
Pueden participar todas aquellas personas con nacionalidad española, hombres y
mujeres, mayores de dieciocho (18) años que, además cumplan los siguientes requisitos:
De haber jurado o prometido Bandera anteriormente deberá mediar un lapso de
tiempo de, al menos, veinticinco (25) años entre el juramento o promesa inicial y
su renovación.
Solamente en circunstancias extraordinarias, apreciadas motivadamente por el
titular de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, responsable del
Registro centralizado de los españoles que hayan prestado juramento o promesa
ante la Bandera de España, se podrá autorizar la renovación del juramento o promesa sin necesidad de cumplir dicho plazo.
Hasta el 17 de marzo, el personal que desee efectuar el juramento o promesa ante la
Bandera podrá entregar su solicitud bien digitalmente (si tiene firma digital de DNI o
certificado CI@ve), o físicamente como viene aclarado en la forma de tramitación de
solicitud de los enlaces facilitados en los carteles publicitarios que direccionan a la página de juras de Bandera del Ministerio de Defensa.
El personal que haya recibido la comunicación de aceptación de la solicitud deberá
presentarse el día 26 a las 11:00 de la mañana en la biblioteca pública municipal, ubicada
en la calle Padre Miguélez n° 19, para recibir instrucciones detalladas del acto de jura de
Bandera por parte del personal militar del Mando de Artillería de Campaña. El único
documento que debe aportar y que podrá ser requerido a su llegada es el Documento
Nacional de Identidad.