El ayuntamiento de San Justo de la Vega ha aprobado una línea de subvenciones destinadas a fomentar la natalidad durante el ejercicio 2025. La medida, ha sido publicada este jueves 9 de octubre en el Boletín Oficial de la Provincia y busca incentivar el arraigo de las familias jóvenes ante el descenso demográfico que vive el municipio.

Según los datos recogidos en el expediente, la localidad ha perdido un 3 % de su población en los últimos cinco años. De los habitantes actuales, 375 superan los 65 años y solo 64 son menores de 14, una tendencia que amenaza la continuidad de servicios esenciales como el colegio público. Con esta convocatoria, el consistorio pretende “establecer medidas propias de fomento de la natalidad” y “colaborar en la creación de un entorno favorable para la crianza”, según se recoge en la exposición de motivos.

Las ayudas, dotadas con un crédito total de 6.750 euros, consistirán en una prestación económica de 500 euros por nacimiento o adopción de hijos ocurridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. En el caso de partos múltiples o adopciones simultáneas, la cuantía se concederá por cada menor. Además, las familias con hijos con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 % recibirán una ayuda extraordinaria del 50 % adicional.

Podrán solicitar estas subvenciones los progenitores o adoptantes empadronados en el municipio, incluidos los miembros de parejas de hecho o familias monoparentales, siempre que acrediten un año de residencia continuada en San Justo de la Vega. Los beneficiarios deberán permanecer empadronados, junto a los menores, durante al menos tres años tras recibir la ayuda.

Entre los objetivos de las ayudas figura no solo incrementar la tasa de natalidad, sino también apoyar la conciliación y fortalecer la cohesión social de la comunidad.

El alcalde, Juan Carlos Rodríguez Rubio, firmó el decreto el pasado 2 de octubre, destacando la necesidad de actuar “ante una situación demográfica que compromete la sostenibilidad futura del municipio”. Las solicitudes podrán presentarse a lo largo de todo el ejercicio 2025 a través del Registro General del ayuntamiento o por los medios previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común.